Condiciones

Condiciones generales de contratación

de OAS Open AutomationSystems GmbH, 74889 Eschelbach (Sinsheim), Alemania

1 Partes contratantes, información general

  1. Las siguientes condiciones generales de contratación tendrán validez para todos aquellos contratos celebrados en nuestra tienda online entre OAS Open AutomationSystems GmbH, Am Forst 26, 74899 Eschelbach (Sinsheim) —en adelante denominada OAS— y la otra parte contratante —en adelante denominada cliente.

  2. En el sentido de las presentes condiciones generales de contratación, los clientes serán exclusivamente empresarios, personas jurídicas de derecho público o un fondo especial de derecho público. En el sentido de las presentes condiciones generales de contratación, se considera empresario a una persona física o jurídica o a una sociedad personal con capacidad jurídica que actúe en el ejercicio de su actividad profesional tanto por cuenta propia como por cuenta ajena a la celebración de un negocio jurídico con OAS (artículo 14 del Código Civil alemán [BGB]).

  3. Las condiciones generales de contratación del cliente no comprometerán a OAS. OAS no reconocerá las condiciones del cliente que se opongan o que difieran de las suyas. Por la presente, OAS se opone expresamente a incluir las condiciones generales de contratación del cliente. Las condiciones generales de contratación del cliente tampoco tendrán validez aun cuando OAS, teniendo conocimiento de condiciones del cliente opuestas o diferentes a las suyas, ejecute sin condiciones las entregas al cliente y satisfaga el contrato.

2 Derecho aplicable, idioma del contrato

Para todas las relaciones contractuales entre el cliente y OAS únicamente será de aplicación el Derecho de la República Federal de Alemania, excluyéndose las disposiciones del Derecho internacional privado (Ley de introducción al Código Civil alemán [EGBGB]) y del Derecho de colisión. Queda excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de 11.04.1980 (CISG) y no tendrá ninguna aplicación sobre la relación contractual.

El idioma de contratación será el alemán.

3 Contratación

  1. Las descripciones y representaciones de productos incluidas en la tienda online de OAS no constituyen ofertas vinculantes, sino una invitación a presentar una oferta legalmente vinculante para la celebración de un contrato de compra con el cliente.
  2. Si el cliente opta por uno o más productos de la tienda online, tiene la posibilidad de entregar la oferta mediante el formulario de pedido online incorporado en la tienda. Para iniciar el proceso de pedido, el cliente debe hacer clic en el botón «Realizar el pedido». Los errores en la información introducida se podrán corregir reescribiendo los datos de pedido. Al hacer clic en el botón «Ir a la caja», el cliente pasa al formulario de registro.

Previamente a la emisión del pedido final, el cliente se registrará en la tienda online, paso en el que introducirá todos los datos de registro necesarios para la tramitación del registro. Antes de la emisión final del registro, después de hacer clic en el botón «Enviar registro», el cliente verá todos los datos de pedido, incluidos los productos solicitados. Estos se podrán corregir en todo momento reescribiendo los datos mediante las funciones habituales del teclado y del ratón.

Al hacer clic en el botón que finaliza el proceso del pedido «Hacer el pedido sujeto a pago», el cliente hace una oferta legalmente vinculante con respecto a los productos que incluye en el formulario de pedido.

La confirmación de la llegada del pedido del cliente, junto con la aceptación del mismo, se realizará inmediatamente después de la emisión en un correo electrónico automatizado. Al mismo tiempo, el cliente obtendrá las condiciones generales de contratación, comprendidas en la relación contractual.

La realización de los pedidos y el contacto se producen generalmente por correo electrónico. El cliente se asegurará de que la dirección de correo electrónico que ha proporcionado sea correcta y de que pueda recibir los correos electrónicos que OAS le envía a esta dirección. Esto será válido, en particular, cuando se empleen los denominados filtros de spam, en relación con los cuales el cliente garantizará que pueda hacerse la entrega de los correos electrónicos enviados por OAS o por terceros a los que OAS encargue la tramitación de pedidos.

4 Condiciones de entrega, transmisión del riesgo, derechos de uso de software

  1. La entrega de los productos solicitados se efectuará por la ruta de envío a la dirección de entrega que indique el cliente en el pedido, salvo que se acuerde otra cosa.
  2. El riesgo de pérdida y de deterioro accidentales de los productos solicitados pasará, en el caso de venta por correspondencia con entrega de los productos solicitados, al personal de transporte pertinente del domicilio social de OAS.
  3. De no ser posible la entrega al cliente, los productos solicitados se devolverán a OAS. El cliente asumirá los gastos de la entrega fallida cuando le sea imputable el intento de entrega infructuoso.
  4. Se admiten las entregas parciales en la medida en que sean razonables para el cliente.
  5. OAS determinará a discreción la elección del modo de envío, las rutas de envío, así como la persona o empresa encargada del mismo, a menos que obtenga instrucciones concretas por parte del cliente.
  6. Los acontecimientos imprevisibles como guerras, revueltas, los desastres naturales, las causas de fuerza mayor o una interrupción de la actividad de OAS o de los proveedores de OAS, por ejemplo, debida a huelgas, cierres legales, medidas administrativas o escasez de material no imputables a OAS y que no puedan preverse ni evitarse, incluso cuando se extremen los cuidados razonables, autorizarán a OAS a prorrogar el plazo de entrega mientras dure la eventualidad. OAS informará de inmediato al cliente de tales acontecimientos, en cuanto tenga conocimiento de ellos, y de la duración prevista de los impedimentos en el servicio. Si los acontecimientos anteriormente mencionados, sin entrañar culpa alguna de OAS, no solo constituyen un obstáculo temporal para el servicio, sino la imposibilidad de realizarlo, tanto OAS como el cliente tendrán derecho a desistir del contrato. En estos casos, OAS no será responsable de la imposibilidad de la entrega ni de su retraso.
    OAS informará de inmediato al cliente de tales acontecimientos, en cuanto tenga conocimiento de ellos. En caso de desistimiento, OAS reembolsará de inmediato los pagos ya obtenidos al cliente. En estos casos quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios.
  7. Cuando OAS sobrepase un plazo de entrega especificado por motivos que le sean imputables, el retraso no se producirá hasta que haya transcurrido sin resultado una prolongación razonable del plazo establecido por el cliente. Ello no afectará a los derechos legales de desistimiento de los que goza el cliente. Las eventuales reclamaciones por daños y perjuicios del cliente se rigen exclusivamente por lo dispuesto en la cláusula 8 Responsabilidad.
  8. El cliente, con el pago íntegro de la remuneración acordada, obtendrá, salvo que se acuerde otra cosa, el derecho no exclusivo e intransferible de uso del software estándar con las características de servicio acordadas, sin modificación de forma, en los equipos acordados. En la medida en que OAS utilice software de terceros, se aplicarán las condiciones de entrega de dicho tercero, que deberán ser respetadas y acatadas por el cliente. Salvo que se acuerde otra cosa, el cliente no tendrá ningún derecho sobre el código fuente.

5 Precios y condiciones de pago

  1. Todos los precios indicados por OAS son precios finales, es decir, comprenden la totalidad de los componentes del precio, incluido el impuesto legal alemán sobre el volumen de ventas. Los gastos de envío y entrega que se produzcan adicionalmente se indicarán por separado en la correspondiente presentación del producto en la tienda online. Asimismo, en función de los deseos del cliente, podrán producirse eventuales gastos de reembolso, transacciones, instalación, montaje o formación. Además, las entregas transfronterizas podrán dar lugar a gastos adicionales como los derechos de aduana, impuestos o tributos similares.
     
  2. Los pagos podrán efectuarse:
    • por cargo en cuenta bancaria o
    • por transferencia bancaria o pago anticipado.
       
  3. No se considerará que se haya efectuado un pago hasta que OAS o un tercero autorizado por OAS dispongan de la cuantía. En caso de retraso en el pago, se aplicarán las disposiciones legales. Sin el consentimiento de OAS, el cliente no tendrá derecho a ceder a terceros las deudas frente a OAS. El cliente no tendrá derecho a saldar otras deudas que las indiscutibles o las legalmente reconocidas ni a hacer valer por ello un derecho de retención sobre las deudas frente a OAS. El derecho de retención seguirá estando supeditado únicamente a las deudas que surjan de la misma relación contractual. El derecho del cliente a entablar una reclamación por pago indebido no se verá afectado por estas normas.

6 Reserva de propiedad

  1. OAS se reserva la propiedad del producto hasta que reciba todos los pagos que emanen de la relación comercial con el cliente. En el caso de las facturas pendientes, ello también se aplicará expresamente a la deuda del excedente correspondiente. El cheque y las letras de cambio se realizarán únicamente a efectos de cumplimiento y solo se considerarán pagos recibidos en este sentido una vez se hayan satisfecho definitivamente.
     
  2. Se prohíbe al cliente la pignoración o la transferencia de garantía de los productos suministrados bajo reserva. En caso de embargo u otras intervenciones de terceros, el cliente deberá notificar de inmediato por escrito a OAS para que OAS pueda interponer demanda, de conformidad con el artículo 771 del Código Procesal Civil alemán [ZPO]. Si dicho tercero no pudiese reembolsarle a OAS los gastos judiciales y extrajudiciales de la demanda, el cliente se responsabilizará del resultado.
     
  3. El cliente estará autorizado a la posterior enajenación del producto, al cobro de los beneficios de la venta, a la utilización o aportación del producto a una entidad únicamente a la marcha convencional de la empresa y solo cuando se reúnan las siguientes disposiciones:
     
  4. El cliente cede a OAS todas las deudas derivadas de la posterior enajenación, por el importe de facturación del producto (incluyendo el impuesto sobre la venta). OAS acepta la cesión. En caso de que no sea posible la subrogar la deuda a OAS por razones legales o de hecho, el cliente no estará obligado a la posterior enajenación antes del pago íntegro del precio de compra.

    El cliente quedará facultado al cobro de la deuda, incluso con posterioridad a la cesión. Ello no eximirá la facultad de OAS a cobrar la deuda por sí misma. No obstante, OAS no cobrará la deuda por sí misma mientras el cliente satisfaga sus obligaciones de pago, no incurra en mora del pago y, en particular, no formule la apertura de un procedimiento de insolvencia y/o la habilitación para el cobro de la deuda cedida no se haya extinguido, de conformidad con el apartado 8, o bien si OAS revoca la autorización para el cobro por otros motivos.

    Si este fuese el caso, sin embargo, OAS podrá exigir que el cliente le informe de las deudas cedidas y de sus deudores y que le aporte toda la información necesaria para el cobro, que le facilite la documentación correspondiente y que divulgue la cesión a los deudores (terceros).
     
  5. El cliente asegurará suficientemente el producto objeto de reserva de propiedad contra incendios, robos e inundaciones. Se cederán al momento a OAS los derechos frente a la aseguradora del producto suministrado objeto de reserva de propiedad en lo referente a reclamación por daños, por la cuantía del valor del producto (importe de facturación, incluyendo el impuesto sobre la venta). OAS acepta la cesión. El cliente informará a la aseguradora de la cesión de la deuda.
     
  6. Si el cliente enajena los productos por sí solo o enajena conjuntamente con OAS productos que no le pertenecen, el cliente cederá preferentemente a OAS las deudas contraídas por la posterior enajenación desde ese momento, por el importe de facturación del producto (incluyendo el impuesto sobre la venta). OAS acepta la cesión. Si el producto enajenado posteriormente es copropiedad de OAS, la cesión de la deuda comprenderá el importe correspondiente al valor de participación en la copropiedad de OAS. El valor del producto será el importe de facturación (incluyendo el impuesto sobre la venta). Si el cliente aporta el producto a la entidad de un tercero, cederá desde ese momento preferentemente a OAS las deudas transferibles que se hayan originado frente a ese tercero o frente a quien corresponda por el importe de facturación del producto (incluyendo el impuesto sobre la venta). OAS acepta la cesión.
     
  7. De la misma manera cederá preferentemente a OAS aquellas deudas por el importe de facturación del producto (incluyendo el impuesto sobre la venta) que se contraigan frente a un tercero en virtud de desaparición, daños, robo o extravío del producto. OAS acepta la cesión.
     
  8. Con la suspensión de los pagos, la solicitud o la apertura del procedimiento de insolvencia, la ejecución de un procedimiento extrajudicial para el pago de deudas, así como con protesto de cheque o protesto cambiario, se extingue la legitimación para el cobro de las deudas cedidas, así como el derecho a la enajenación posterior y al cobro de los beneficios cedidos de la venta y a la utilización o instalación del producto por sí mismo, sin que OAS tenga que cancelar expresamente la autorización para el cobro, la posterior enajenación o el derecho a la instalación y utilización del producto.
     
  9. OAS se compromete a liberar las garantías que le correspondan por exigencia del cliente cuando el valor realizable de las garantías de OAS sobrepase en más del 10 % las deudas que se deban garantizar (incluyendo el impuesto sobre la venta); corresponde a OAS la elección de las garantías que vayan a liberarse.

7 Responsabilidad por defectos

  1. La responsabilidad de OAS por daños materiales y defectos legales (en lo sucesivo denominados «defectos») exige que el cliente haya cumplido debidamente sus deberes de examen y reclamación en cada caso concreto, de conformidad con el artículo 377 del Código de Comercio alemán [HGB]. Los defectos detectados se notificarán por escrito de inmediato, a más tardar, en un plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha de entrega de los productos al cliente. Los defectos ocultos se notificarán por escrito a más tardar en los 10 días hábiles siguientes al descubrimiento del defecto. Para salvaguardar el plazo, basta con enviar la reclamación por defectos a tiempo. La anterior obligación del cliente de presentar aviso del defecto respecto de los defectos manifiestos le afectará asimismo aunque no exista deber de examen y reclamación, en virtud de lo expuesto en el artículo 377 del HGB, con la condición de que los defectos manifiestos se notifiquen por escrito a más tardar en los 14 días hábiles siguientes a la entrega de los productos al cliente. Para salvaguardar el plazo, basta con enviar la reclamación por defectos a tiempo.
     
  2. En caso de defecto oculto, el cliente tendrá derecho a escoger, en el contexto del cumplimiento suplementario, entre la eliminación del defecto o la entrega de un artículo sin defectos (entrega de reposición). Cuando OAS no esté en disposición o no tenga capacidad para subsanar el defecto o efectuar la sustitución, en particular, cuando se retrase infringiendo los plazos razonables o cuando, de otro modo falle la subsanación o la sustitución, el cliente tendrá derecho a solicitar, a su elección, la rescisión o la rebaja y/o a exigir una indemnización por daños. El cliente únicamente podrá reclamar una indemnización por daños en el contexto de lo dispuesto en la cláusula 8 Responsabilidad.
     
  3. OAS podrá rechazar el tipo de cumplimiento suplementario elegido por el cliente, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 275, párrafos 2 y 3 del BGB, cuando solo sea posible con costes desproporcionados. En particular, se tendrá en cuenta el valor del artículo sin defecto, la importancia del defecto y la cuestión de si se podría recurrir a otro tipo de cumplimiento suplementario sin que ello pudiese suponer una desventaja considerable para el cliente. En este caso, el derecho del cliente se limitará al otro tipo de cumplimiento suplementario. El derecho de OAS a rechazar también esta opción, en las condiciones establecidas en la primera frase, no se verá afectado.
     
  4. Los gastos necesarios para el cumplimiento suplementario, en particular, los gastos de transporte, itinerario, mano de obra y material, correrán a cargo de OAS, siempre que estos no se incrementen como consecuencia de que los productos se trasladen a un lugar distinto del lugar de cumplimiento contractual. El cumplimiento suplementario no incluye el desmontaje ni la instalación, cuando OAS no estaba inicialmente obligada por contrato a instalar el producto ni exista responsabilidad objetiva indemnizatoria por daños.
     
  5. Si el cliente recibe un manual de instrucciones defectuoso, OAS únicamente tendrá la obligación de suministrar un manual de instrucciones sin defectos, incluso en el caso de que el defecto en las instrucciones de montaje impida un montaje correcto.
     
  6. OAS no será responsable de los defectos derivados del desgaste natural, el tratamiento inadecuado tras la transferencia de riesgos ni de un mantenimiento inadecuado o inexistente, así como del uso de medios inadecuados.
     
  7. Las divergencias comerciales habituales no constituyen defectos de los productos.
     
  8. No se aceptará responsabilidad alguna por la idoneidad de los productos de OAS para una finalidad de uso determinada cuando el uso posible no se derive de un manual escrito de instrucciones adjunto a los productos o si la aptitud para un uso específico no ha sido expresamente afirmada por escrito por OAS. En cualquier caso, el cliente se compromete a evaluar previamente en detalle la idoneidad de los productos de OAS para el uso al que estén destinados.
     
  9. Sin el consentimiento de OAS, el producto objeto de reclamación no debe modificarse en absoluto ni tampoco utilizarse. Las devoluciones deberán acordarse.
     
  10. Otras pretensiones de indemnización por daños debidas a un defecto resultarán únicamente según lo dispuesto (a continuación).

8 Responsabilidad

  1. Salvo que en lo sucesivo se disponga otra cosa, quedará excluida la responsabilidad de OAS por otros daños que no se hayan producido en el propio producto defectuoso.

    Esto se aplicará, en particular, a las reclamaciones por daños y perjuicios por culpa precontractual debidas a otra infracción del deber o por la compensación por daños materiales derivados de un acto ilícito, de conformidad con el artículo 823 del BGB. Se aplicará asimismo en la medida en que el cliente, en lugar de un derecho de compensación del daño material, en lugar de prestación como compensación por gastos inútiles, reclame el reintegro de los gastos por una interrupción de la actividad, por una pérdida de producción, los gastos de revocación o la sustitución de los beneficios perdidos u otro reintegro de gastos.
     
  2. La presente autoexención de responsabilidad no se aplicará a:
    • Los derechos del cliente derivados de la aceptación de una garantía por la calidad de los productos.
    • Los daños causados por la lesión de la vida, del cuerpo o de la salud, causados por OAS o por sus representantes legales o auxiliares ejecutivos.
    • Otros daños fundamentados en una infracción de deberes por negligencia grave o deliberada por parte de OAS o de cualquiera de sus representantes legales o auxiliares ejecutivos.
    • La responsabilidad según la Ley alemana de responsabilidad por productos defectuosos.
    • Un defecto ocultado por OAS mediante silencio doloso.
       
  3. Del mismo modo, la autoexención de responsabilidad no se aplicará siempre y cuando OAS infrinja con culpa una obligación contractual fundamental, cuya satisfacción permita, en primer lugar, la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento la otra parte pueda confiar habitualmente. En este caso, sin embargo, la responsabilidad se limita al daño previsible que normalmente ocurre.

9 Prescripción

  1. No obstante lo dispuesto en el artículo 438, párrafo 1, punto 3, del BGB, el plazo de prescripción para las deficiencias de hecho y de derecho será de 12 meses a partir de la fecha de entrega de los productos al cliente.

    El límite de prescripción antes mencionado no se aplicará en la medida en que la ley prevea plazos de prescripción más largos, de conformidad con los artículos 438, párrafo 1, punto 2, y 634 a, párrafo 1, punto 2, del BGB y con los artículos 478 y 479 del BGB. De igual manera, no se aplicará a las reclamaciones derivadas de una garantía por daños a la vida, el cuerpo o la salud por parte de OAS o de su representante legal o auxiliar ejecutivo. Asimismo, la limitación no se aplicará en caso de responsabilidad por otros daños que se fundamenten en una infracción deliberada o por negligencia grave del deber por parte de OAS o de su representante legal o auxiliar ejecutivo. Además, la limitación no se aplicará a los casos de ocultación de un defecto por silencio doloso. Del mismo modo, la limitación del plazo de prescripción no se aplicará a las reclamaciones en virtud de la Ley alemana de responsabilidad por productos defectuosos y siempre y cuando OAS infrinja con culpa una obligación contractual fundamental, cuya satisfacción permita, en primer lugar, la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento la otra parte pueda confiar habitualmente.

    Ello no afectará a la regulación de la suspensión de la prescripción, a la suspensión y al nuevo inicio de los plazos de prescripción previstos por la legislación.
     
  2. Los anteriores plazos de prescripción del derecho de compraventa se aplicarán asimismo a las reclamaciones contractuales y extracontractuales por daños y perjuicios del cliente fundamentadas en una deficiencia del producto, a menos que la aplicación de la prescripción legal habitual (artículos 195 y 199 del BGB) redujese la prescripción en el caso concreto.
     
  3. Sin embargo, los derechos del cliente prescribirán exclusivamente con arreglo a los plazos legales de prescripción, de conformidad con la cláusula 8 Responsabilidad, apartados 2 y 3.

10 Lugar de jurisdicción, disposiciones finales

  1. Si el cliente es una empresa y reúne las características de un comerciante, se aplicará lo siguiente:

    El lugar de jurisdicción para todos los litigios que emanen del presente contrato será el domicilio social de OAS en Eschelbach (Sinsheim). OAS tendrá asimismo derecho a demandar al cliente en su lugar de jurisdicción.
     
  2. Si alguna de estas disposiciones fuera ineficaz o no ejecutable, ello no afectará a la validez de las demás disposiciones.

Identificación del proveedor

OAS Open AutomationSystems GmbH Am Forst 26
74889 Sinsheim
Administradores: Michael Doll y Ralf Rostock
Teléfono: 07265 / 49 96 522
Fax: 07265 / 49 96 523
Correo electrónico: sales@oa-systems.de 
Número de identificación IVA: DE815840549
Código de identificación fiscal: 44081/08681

Utilización de los datos del cliente, protección de datos

  1. Sin el consentimiento expreso del cliente, los datos se utilizarán exclusivamente para la realización del pedido y se almacenarán en el sistema informático en el contexto de la relación comercial. La transmisión de los datos del cliente a las empresas que se hayan encargado de la entrega se efectuará únicamente en la medida en que la realización del pedido lo requiera. De lo contrario, los datos se tratarán con estricta confidencialidad y no se pondrán a disposición de terceros. En la medida en que el cliente no desee que los datos se utilicen para fines internos de OAS, tendrá derecho a oponerse a este uso en cualquier momento enviando un mensaje de correo electrónico a sales@oa-systems.de.
     
  2. OAS no utilizará ni divulgará los datos de los clientes más allá de lo estipulado en el apartado 1.
     
  3. Después del pago completo del precio de compra y después de la ejecución completa del contrato, la OAS almacena los datos del cliente teniendo en cuenta los plazos de retención fiscal y comercial. Una vez transcurridos estos períodos de retención fiscal y comercial, los datos del cliente se eliminarán. El cliente podrá dirigirse a OAS para esclarecer sus dudas en lo referente al tratamiento, la recopilación o la utilización de los datos. Todos los clientes tendrán derecho a acceder gratuitamente a los datos almacenados sobre su persona y, si procede, a rectificar, a impedir el acceso o a suprimir los datos almacenados. En todos estos casos, el cliente podrá dirigirse sin coste alguno a OAS por carta o por correo electrónico (OAS Open AutomationSystems GmbH, Am Forst 26, 74899 Sinsheim-Eschelbach, correo electrónico: sales@oa-systems.de).